SUCESIONES CLASES :
1. Legitimas “deferida por la ley”
(herederos forzosos o legítimos)
2. Testamentarias “deferida por voluntad del testador”
(herederos instituidos o manifestada en testamentarios validos)
3. Mixta (La herencia de una persona puede deferirse
por voluntad del hombre en una parte, y en otra por disposición
de la ley).
Clases de SUCESORES
1. LEGÍTIMOS O FORZOSOS
_ Ascendientes.
_Descendientes.
_Cónyuge.
2. TESTAMENTARIOS O INSTITUIDOS
_No tienen la posesión de la herencia de pleno derecho.
_ No están obligados a colacionar, las donaciones que en vida les
hubiera hecho el causante (pero Si hay c/ ellos acción de reducción,
cuando afecte la legitima)
Especies:
SUCESION ENTRE VIVOS (ya la explique)
y
SUCESION MORTIS CAUSA (la que nos interesa en esta materia!!)
Clases de Sucesores:
------1. los herederos (legitimo o testamentario)
------2. los legatarios
------3. los legatarios de parte alícuota = de cuota.
Los Herederos
Tiene vocación al todo, son sucesores universales y continúan
la persona del difunto; tiene derecho de acrecer, y eventualmente responden
ultra vires =( aceptan la herencia pura y simple sin beneficio de inventario).
Los Legatarios
Son en cambio sucesores singulares, no confunden su patrimonio con el
del causante, ni continúan su persona, suceden en los derechos
del difunto sobre un bien determinado, su respo se limita al valor de
la cosa legada.
Legatarios: los que en el testamento reciben una liberalidad del causante.
Legatarios de cuota: reciben una cuota o parte (proporcional) alícuota
de los bienes, sin especificación de cuales le corresponden. Ej
un quinto de la herencia.
DIFERENCIAS:
Heredero: como sucesor puede hacer adquisiciones o pérdidas,
no sólo adquisiciones.
Se denominan herederos: al legítimo y al testamentario.
diferencia
Legatario: es un adquirente, es sucesor si adquiere lo
que se le legó.
No son Herederos!! (porque mientras el heredero tiene un derecho eventual
a la totalidad, el legatario No puede aspirar mas que a la porción
que se le ha asignado).
Coheredero (tiene derecho de acrecer!!)
diferencia
Legatario de cuota:
No tiene derecho de acrecer (no puede aumentar su porción) (limitado
a la porción que le dejo el causante)> pero si un Legatario
particular renuncia a su legado, el de cuota tiene derecho a una parte
proporcional (aquí no se trata de un aumento de su porción,
sino de incluir entre los bienes que deben dividirse).
No responde ultra vires (con su patrimonio, caso en que si lo haría
un heredero, sin beneficio de inventario).
=
Herederos testamentarios:
No gozan de pleno derecho de la posesión hereditaria.
No tienen derecho a pedir colación.
Ni juega respecto de ellos el derecho de representación.
|