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Fuente: http://www.datafull.com/noticias/
Un fallo judicial argumenta que el acceso a Internet es un servicio declarado de interés nacional y que las computadoras son indispensables para acceder a tal servicio de acuerdo al decreto 554/97. Una demanda interpuestas por el juzgado de primera instancia había ordenado el embargo de un PC y otros bienes a un usuario por una deuda contraída, pero el fallo de la Sala IX de la Cámara del Trabajo lo prohibió por argumentar que el acceso a Internet es un servicio declarado de interés nacional y que las computadoras son indispensables para acceder a tal servicio de acuerdo al decreto 554/97. Para los jueces las computadoras no se pueden embargar por ser declaradas “indispensables” para acceder a Internet ya que el acceso a este servicio es primordial para desenvolverse en la vida actual. Este
tipo de bienes si bien son indispensables, atañen a exigencias
comunitarias primordiales acerca de la posibilidad de desenvolverse en
la vida actual, ya que proporcionan un mínimo de bienestar congruente
con razonables expectativas generales, según explicaron en el fallo
los magistrados. Los bienes inembargables son el lecho nupcial, los elementos necesarios para la vestimenta de una persona, los elementos necesarios para el alimento de una persona, los bienes para el ejercicio de la profesión, los bienes para el sustento de menores, una parte de los sueldos en relación de dependencia, las jubilaciones. Y por supuesto el bien de familia. Ninguno de esos bienes cae en el haber del acreedor. Ver mas www.infoeconomicas.com.ar o www.infoeconomicas.com.ar/bienes inembargables
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