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TRES ESPECIALISTAS
EXPLICAN LA “EXCLUSION”
Una medida para la urgencia
En muchas situaciones de violencia familiar, el juez determina
la exclusión de hogar como medida cautelar en los casos en que
considera que una mujer o los integrantes de la familia están en
serio peligro. Aquí la opinión de diversos especialistas
acerca de las virtudes y puntos flojos del sistema.
“La exclusión de hogar es una medida cautelar, provisoria
y de protección. Las leyes no determinan que si una pareja está
casada se tenga que divorciar, lo que la ley busca es la protección
rápida en caso de vínculo violento”, señaló
a Página/12 Darío Witt, abogado y coordinador fundador de
la Casa Abierta María Puebla, un refugio para víctimas de
la violencia. Lo importante de las leyes “es que sean operativas,
con plazos breves que corten el vínculo violento y restituyan la
víctima a su hogar”, afirmó. El especialista señaló
que “lo que sigue faltando es la conciencia social, porque cuando
va una mujer y plantea que fue amenazada se lo toma con bastante liviandad,
ya que en muchos tribunales están impregnados de no separar aquello
que Dios ha unido”.
Antes de que el juez determine una exclusión, en algunos casos
“se pide diagnóstico familiar, que es un informe que hacen
los trabajadores sociales o el equipo del tribunal que va a la familia,
habla con vecinos”, narró Witt.
En ese sentido, la abogada Silvia
Marchioli, especialista
en derecho de familia, advirtió que “si hay violencia física
es más fácil tomar medidas, ya que la víctima se
presenta en la comisaría, se levanta un acta y va al cuerpo médico
forense que la atiende. Lo más difícil son los casos en
que se da violencia psicológica. El cuerpo del juzgado hace psicodiagnóstico
de la familia y le sugieren al juez cuáles son las medidas de carácter
urgente”. Marchioli recalcó que en esto “no se puede
generalizar, ya que hay casos en que la exclusión se determina
en forma rápida y en otros no, dependiendo de las circunstancias
del mismo”.
“La exclusión es una medida procesal vinculada a cada departamento
judicial de cada provincia, según sus leyes”, explicó
Nina Brugo Marcó, presidenta de la Comisión de la Mujer
de la Asociación de Abogados de Buenos Aires. “No hay un
tiempo determinado, depende de las circunstancias para que se tome esta
medida”, señaló. “El juez debe tener elementos
suficientes para efectuar una exclusión”, remarcó.
Luego de que se toma esta medida, “es necesaria la asistencia psicológica
para ambas partes. Lo importante es fortalecer a las mujeres en su autoestima”,
subrayó Marcó.
Para Witt “las exclusiones son mínimas respecto de las denuncias,
que terminan en un cajón”.
Los especialistas hicieron hincapié en que después de la
denuncia es conveniente que la víctima, “dependiendo de sus
posibilidades,” vaya a otro lado donde esté resguardada hasta
el momento en que la pareja reciba la notificación. Lo cierto es
que para esos casos “los lugares transitorios son muy pocos”,
sentenció Brugo Marcó, quien aseguró que “aún
queda mucho camino por andar”.
Informe: M. Sol Wasylyk Fedyszak.
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